C) Los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aerofagia cuya velocidad exceda los siguientes límites: 2.º Lo dispuesto en el apartado precedente no se aplicará cuando el personal trabaje en despachos o en lugares de trabajo similares que ofrezcan posibilidades de descanso equivalentes https://winstonr503ufp0.anchor-blog.com/profile